Te contamos, según los plazos y fechas estipulados por la DIAN, cuando estás realmente obligado a implementar la nómina electrónica en Colombia.
La nómina electrónica es un documento que deben emitir las empresas para tener el control de la nómina de sus empleados y, de paso, aplicar descuentos en obligaciones tributarias. Según la DIAN este soporte de pago de nómina electrónica se configura como documento soporte de costos, deducciones o impuestos descontables, que se derivan de pagos que se realizan en virtud de una relación laboral o legal y reglamentaria y de los pagos a los pensionados.
¿Quiénes están obligados a emitir Nómina Electrónica?
Según la Resolución tramitada por la DIAN, todas aquellas empresas y contribuyentes que efectúan pagos o abonos en cuenta derivada de una vinculación laboral, legal o reglamentaria y pagos a pensionados, que en todo caso requiera usar dichos pagos como costo o deducción, están obligadas a vincularse, cumpliendo obligatoriamente con este proceso de vinculación y proceso administrativo de forma electrónica.
El proceso de nómina tiene dos pasos:
1.HABILITACIÓN
Inicia el 18 de agosto cuando la DIAN lanzará el sistema informático para dar inicio a la habilitación de nómina electrónica. El proceso de habilitación será continuo y se podrá realizar de acuerdo a las fechas de obligación de la empresa según su número de empleados.
2. TRANSMISIÓN (De acuerdo al calendario)
La DIAN indica que la primera transmisión de nómina se realizará los 10 primeros días de octubre correspondientes al periodo de nómina de septiembre para empresas con más de 250 empleados o las empresas que voluntariamente deseen hacerlo.
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